Sería tratado en Sesión Extraordinaria
PROPONEN DEFINIR PARADAS DE ORIGEN Y DESTINO DEL TRANSPORTE INTERJURISDICCIONAL
A través de un proyecto de ordenanza ediles capitalinos propondrán definir paradas de origen y destino de vehículos habilitados como prestadores de Transporte Automotor Compartido Intermunicipal de personas, establecido por Ley Provincial N° 6059.
El proyecto es impulsado por el concejal del bloque radical, Lisandro Aguiar y establece que las paradas únicas de origen y destino se ubiquen sobre Avenida Juan Domingo Perón, entre Avenida Riobamba y calle Valparaiso, cerca de un conocido Supermercado.
La norma tiene como finalidad definir los lugares donde se establecerán las paradas, teniendo en cuenta para ello las circunstancias propias del tráfico de nuestra ciudad.
También se busca evitar las situaciones de competencia desleal o de prestación de servicios al margen de la normativa, que será tratada posiblemente en sesión extraordinaria en los primeros días del mes de marzo. Previamente se pondrá a consideración de los ediles de los diferentes bloques para su análisis, mientras que también se buscarán los consensos necesarios con los diferentes actores.
En su artículo segundo, el proyecto establece los siguientes recorridos, a los fines de ingresar o salir de las paradas:
– El ingreso de los vehículos procedentes del Sur, se realizará exclusivamente por Ruta Nacional N° 9, calle Guayaquil, calle Vilcapugioy Avenida Presidente Perón o bien por Ruta Nacional N° 9, calle Valparaíso y Avenida Presidente Perón, facultándose al Ejecutivo Municipal a establecer el recorrido que estime conveniente.
– El egreso de los vehículos procedentes del Sur se realizará exclusivamente por Avenida Presidente Perón, Avenida Riobamba hasta rotonda de calle 13 de Diciembre, rotonda de colectora Ruta N° 9 y Ruta N° 9.
– El ingreso de los vehículos procedentes del Norte se realizará exclusivamente por rotonda de colectora Ruta N° 9, rotonda de calle 13 de Diciembre, Avenida Riobamba y Avenida Presidente Perón.
– El egreso de los vehículos procedentes del Norte se realizará exclusivamente por Avenida Presidente Perón, Avenida Riobamba, rotonda de calle 13 de Diciembre y Ruta N° 9.
Con respecto a las sanciones, la norma establece cuatrocientas Unidades Fijas (400 UF), al prestador de Transporte Automotor Compartido Intermunicipal de Personas que tome o deje pasajeros en otros lugares que no fueran las paradas de origen y destino establecidas.
También al que realice recorridos de ingreso o egreso distintos a los establecidos en la ordenanza y al que realice recorridos de cualquier tipo de zonas de la ciudad que no sean las establecidas para arribar a las paradas de origen y destino. En caso de reincidencia, la multa se elevará a ochocientas Unidades Fijas (800 UF).
En los argumentos de la norma, Lisandro Aguiar destaca que “el artículo 20 de la Ley Provincial N° 6059, establece que los permisionarios deberán cumplir con los recorridos establecidos que les sean asignados y respetar obligatoriamente las paradas de origen y destino de los mismos, las que serán definidas por los Municipios y Comisiones Municipales, en sus respectivos ejidos, en acuerdo con la Autoridad de Aplicación”, afirmó.
Por último, la norma autoriza al Ejecutivo Municipal a suscribir los convenios de coordinación con el Poder Ejecutivo Provincial o con la Autoridad de Aplicación de la Ley N° 6059, en caso de resultar necesario, con el fin de hacer efectivas las previsiones de la ordenanza en cuestión.